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Finanzas Personales

Ley borrón y cuenta nueva: lo que debe saber si lo han reportado por moroso

Deudas.

Deudas.

Foto:iStock

Duque ya sancionó la ley. Le contamos en qué consiste, qué beneficios traerá y a quiénes aplicarán.

El presidente Iván Duque sancionó este viernes la ley de 'borrón y cuenta nueva' para deudores.
En agosto pasado, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, la Sala Plena de la Corte Constitucional le había dado luz verde al proyecto de ley estatutaria 062 de 2019, el cual busca eliminar registros negativos de personas reportadas en centrales de riesgo, como Datacrédito, por incumplir con sus obligaciones financieras.
Esta iniciativa fue aprobada por decisión unánime, con votación 9-0. La sanción presidencial era lo único que hacía falta para que se convirtiera en ley de la República.
A continuación le explicamos algunos detalles que debe tener en cuenta sobre esta ley, la cual beneficiará a al menos 10 millones de colombianos que volverán a acceder a crédito formal.

¿En qué consiste el proyecto?

En líneas generales, el proyecto busca que si el titular del crédito se pone al día con las cuotas atrasadas, la obligación ya está prescrita o si logra un acuerdo de pago con la entidad financiera, solo debe esperar a que se cumplan los plazos de la amnistía para que las centrales de riesgos eliminen el reporte.

¿Una amnistía?

Sí. El proyecto contempla una amnistía de una sola vez. Es decir, dispone un plazo de un año luego de aprobada la ley para que las personas cubran su deuda y se pongan al día. Una vez esto suceda, saldrán de las centrales de riesgo en un plazo máximo de seis meses.

Si la deuda es de bajo monto, ¿qué pasa?

Las personas que tengan deudas inferiores al 15 por ciento del salario mínimo (menos de $ 136.279) recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y otra comunicación).

¿Qué novedades traerá la ley?

Con esta iniciativa, se prohíbe la consulta a las centrales de riesgo para otorgar un empleo. Y se protege a las víctimas de suplantación personal pues, en adelante, con la sola comunicación, y acompañando como mínimo de la copia de la denuncia, la entidad financiera debe eliminar el reporte negativo.

¿Se podrá consultar en línea?

Las centrales de riesgo deberán crear una aplicación digital y gratuita de acceso público a todos los titulares de datos, en la cual se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones. Esto, para mitigar el riesgo de suplantaciones.

¿Qué pasará con los reportes de calificación crediticia?

La calificación crediticia deberá normalizarse de inmediato una vez se elimine el reporte negativo. La consulta de esta información crediticia, además, será gratuita siempre y en todos los canales y no disminuirá la calificación.

¿Y los tiempos del reporte?

El tiempo del reporte negativo en las centrales de riesgo será del doble del tiempo de la mora y hasta máximo cuatro años. Es decir, sigue como está en la ley actual de habeas data.

¿Seguirá el historial crediticio?

Sí. El historial crediticio de las personas naturales y jurídicas se mantiene, tanto para las personas con buenos hábitos de pago como para las personas con malos hábitos de pago.
En ese sentido, en el mercado crediticio seguirá existiendo suficiente información que permita tomar decisiones a los establecimientos de crédito. Eso sí, para otorgar un producto o un crédito, las entidades no podrán usar exclusivamente el historial crediticio. Deberán considerar otros factores en el estudio de riesgo y se les exigirá indicar por escrito los motivos del rechazo de una solicitud.

¿Qué pasará con los reportes registrados en pandemia?

Con esta ley, serán eliminados los reportes negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por el covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, solo si los titulares de la obligación intentaron una reestructuración de la obligación.
Ahora bien, de continuar la mora posteriormente al 31 de diciembre de 2020, sí se reanudará el reporte.
*Con información de Portafolio

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